Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/339792
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
339792
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 759

DIVORCIO, CAUSALES DE. INJURIAS STRICTO SENSU (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 759

Precedentes

Amparo directo 422/55. María Elena Miranda de Langarica. 7 de diciembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.
Registro digital (IUS): 339792