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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339813
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 25
FIDEICOMISO. LIMITACIONES A LA FIDUCIARIA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 25
Las únicas limitaciones que pueden imponerse por el fideicomitente a la institución fiduciaria, deben constar en el acto constitutivo del fideicomiso y no en actos posteriores, porque de los contrario podría hacerse nugatoria la consecución del fin que se pretende alcanzar.
Precedentes
Amparo civil directo 1822/54. Acosta Sierra Francisco. 1o. de julio de 1955. Mayoría de tres votos. El Ministro José Castro Estrada no votó por habérsele aceptado la excusa que presentó. Disidente: Gabriel García Rojas. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.