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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339827
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 198
REIVINDICACION, ACCION DE. NULIDAD DEL TITULO DEL DEMANDADO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 198
La acción reivindicatoria es una acción real que compete al dueño de una cosa contra el poseedor de ella, para que se le restituya con sus frutos, accesiones y abono de menoscabo en su caso; y para la procedencia de ella se requieren diversos requisitos, entre los que pueden mencionarse los siguientes: que se funde en justo título y que se pruebe éste cumplidamente por el actor; que se acredite la identidad de las cosas; que si la acción se dirige contra poseedor con título del mismo origen que el del demandante, el actor entable previamente otra que sea adecuada para invalidar o destruir el del demandado. La doctrina que exige ese juicio previo, no puede tener más excepción que cuando ambas acciones se intentan conjuntamente y el fundamento de la demanda y el principal objeto del debate han sido la nulidad y, además, se ha apoyado en ella la sentencia para resolver la acción reivindicatoria, puesto que el título del demandado conserva, de lo contrario, toda su presunción de validez y tiene toda la fuerza probatoria que a los de su clase da la ley. Ahora bien, si no fue materia del debate la nulidad del título de propiedad del demandado, es obvio que si en forma oficiosa se ocupó de ella el juzgador, dejó sin defensa a dicho demandado, con relación a esa acción no deducida, y por tanto, debe estimarse que son fundados los conceptos de violación hechos valer al respecto, puesto que conservando el título de propiedad del demandado toda la presunción de validez, la acción reivindicatoria debió resolverse a su favor, absolviéndolo.
Precedentes
Amparo civil directo 5035/52. Arnold Susana M. de. 6 de julio de 1955. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Hilario Medina. Ponente: Gabriel García Rojas.