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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339832
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 253
REIVINDICACION, ELEMENTOS DE LA ACCION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 253
Para la procedencia de la acción reivindicatoria deben probarse los tres elementos que la doctrina y la jurisprudencia de esta Suprema Corte han establecido, o sean: a) el derecho de propiedad sobre el bien que se pretende reivindicar; b) la posesión del mismo, por parte del demandado y c) la identidad entre el bien reclamado por el actor y el poseído por el demandado.
Precedentes
Amparo civil directo 4020/53. Cen Lara Catalina y coagas. 7 de julio de 1955. Mayoría de cuatro votos. Disidente y Ponente: Gabriel García Rojas. Engrose: Gilberto Valenzuela.