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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339836
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 315
CONTRATOS INTUITU PERSONAE (DERECHOS SUCESORIOS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 315
Si mediante un contrato una persona se obligó a hacer productivo un pozo petrolero, que iba a taponarse por incosteable, y a mantenerlo en estado de costeabilidad, como esta costeabilidad no dependía de una labor única de dicha persona, sino también de un trabajo constante, los derechos adquiridos en virtud del contrato por la persona citada, al ser estrictamente personales, no pueden heredarse, de manera que su sucesión no está en posibilidad de exigir que se siga cumpliendo el contrato, que con la muerte de dicha persona terminó.
Precedentes
Amparo civil directo 4215/53. Viteri Jorge, sucesión de. 8 de julio de 1955. Mayoría de tres votos. Disidentes: Gilberto Valenzuela y Gabriel García Rojas. Ponente: Hilario Medina.