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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339856
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 512
ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL, PARA OCUPAR LA CASA EL DUEÑO (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 512
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Inquilinaria, el arrendador debe probar la necesidad cierta que tenga de ocupar la casa o vivienda que tenga dada en arrendamiento, sin que sea bastante su simple afirmación al respecto, pues sólo con pruebas sobre el particular puede resolver la autoridad judicial si existe tal necesidad de resolver lo conducente en el litigio.
Precedentes
Amparo civil directo 3931/54. Martínez Miguel Angel. 15 de julio de 1955. Mayoría de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. Ponente: Gilberto Valenzuela.