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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339913
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1065
ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL.VARIACION DE LA LITIS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1065
Si en el capítulo de hechos de la demanda de prórroga de un contrato de arrendamiento, no se invocan los hechos o causas generadoras de tal derecho, no pueden ni deben introducirse posteriormente, situaciones que obedece a la necesidad de que el demandado pueda preparar sus defensas, porque es incuestionable que tales defensas sólo pueden versar sobre los hechos expuestos en la demanda.
Precedentes
Amparo civil directo 137/54. Muñoz Melitón. 3 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.