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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339927
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1156
TACITA RECONDUCCION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1156
De acuerdo con la ley, la tácita reconducción sólo opera cuando el arrendatario continúa ocupando la finca arrendada sin oposición del arrendador, oposición que evidentemente existe en el caso en que el arrendador se niega a otorgar la prórroga del contrato y aun a recibir las rentas, sin que sea necesario que la demanda de la entrega se haga en determinada fecha, sino que exista realmente oposición del arrendador para que el inquilino siga ocupando su predio.
Precedentes
Amparo civil directo 1816/55. Contreras de Leal Ana María. 5 de agosto de 1955. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro José Castro Estrada no votó por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Gabriel García Rojas.