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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339935
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1182
ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL, PARA OCUPAR EL DUEÑO LA FINCA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1182
Aun cuando esté comprobado que el arrendador es propietario, además de la casa que habita el arrendatario, del inmueble que es precisamente el ocupado por el arrendador, si también se comprueba que este último puede producir una renta superior a la del departamento cuya desocupación se pide para ocuparse, y si se acredita además que por haberse reducido la familia no hay necesidad de seguir ocupando la casa que se habita, es evidente que está demostrada la necesidad de que habla el decreto de treinta de diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho, para estar en posibilidad de que el arrendador pida la desocupación del inmueble, para habitarlo.
Precedentes
Amparo civil directo 2260/54. Torre Morali Manuel de la. 5 agosto de 1955. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro José Castro Estrada no votó en el asunto, por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Gabriel García Rojas.