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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 339955
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1406
INCAPACIDAD, TESTIMONIO DE NOTARIOS EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1406
Si dos notarios no percibieron que una de las partes en un contrato de compraventa se encontrara en estado de incapacidad al celebrar dicho contrato, sus testimonios son de gran interés, porque el ejercicio de la función notarial faculta a los notarios para determinar con toda propiedad la incapacidad notoria de uno de los contratantes.
Precedentes
Amparo civil directo 1830/53. Díaz de la Torre de Chávez Guadalupe. 12 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hilario Medina.