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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340008
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 2034
DEMANDA, NEGACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 2034
Si el demandado niega los hechos de la demanda, el juzgador no puede tenerlos por confesados presuntivamente.
Precedentes
Amparo civil directo 5565/54. Melgarejo José Bonifacio. 8 de septiembre de 1955. Mayoría de cuatro votos, de los Ministros José Castro Estrada, Gilberto Valenzuela, Hilario Medina y Mariano Ramírez Vázquez en cuanto al punto resolutivo, y por mayoría de tres votos de los Ministros Valenzuela, Medina y Ramírez Vázquez en la parte considerativa. Relator: Mariano Ramírez Vázquez.