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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340016
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 2066
TESTIGOS INHABILES (LEGISLACION DE ZACATECAS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 2066
El artículo 504 del Código de Procedimientos Civiles no señala como caso de inhabilidad de un testigo la amistad sino, entre otras, la de que tenga interés directo o indirecto en el pleito, y aun cuando pudiera presumirse que la amistad trae consigo parcialidad, ésta es una proposición que no puede asentarse como cierta y verdadera porque admite prueba en contrario.
Precedentes
Amparo civil directo 973/55. Muñiz José M. 9 de septiembre de 1955. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Gabriel García Rojas. Relator: Mariano Ramírez Vázquez.