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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340043
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 2247
COSTAS EN LOS JUICIOS EJECUTIVOS MERCANTILES (FACULTADES DE LA SUPREMA CORTE).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 2247
A pesar de haber sido objeto de impugnación por el quejoso, actor en un juicio ejecutivo mercantil, la no condenación en costas, no corresponde a la Suprema Corte resolver sobre las mismas, sino a la responsable, conforme al fallo que pronuncie y en el que aplique el artículo 1084 del Código de Comercio.
Precedentes
Amparo civil directo 1311/55. Duran B. Salvador. 19 de septiembre de 1955. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Gabriel García Rojas. Relator: Mariano Ramírez Vázquez.