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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340075
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 2807
ARRENDAMIENTO. NULIDAD DE CONTRATOS QUE CONTRAVIENEN EL DECRETO DE DICIEMBRE DE 1948.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 2807
El cumplimiento voluntario de un nuevo contrato celebrado cuando existía otro protegido por el decreto de diciembre de 1948, no extingue la nulidad del nuevo contrato, pues de conformidad con el artículo 2226 del Código Civil, la nulidad absoluta no desaparece por la confirmación o por la prescripción, y de ello puede prevalerse todo interesado.
Precedentes
Amparo civil directo 6195/54. Garcín viuda de Groues Antonia. 30 de septiembre de 1955. Mayoría de tres votos. Disidentes: Hilario Medina y Mariano Ramírez Vázquez. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.