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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340088
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1178
COMPRAVENTA, NULIDAD DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1178
Como requisito sine qua non para obtener la nulidad de una compraventa, se necesita obtener la declaración judicial de nulidad del título de propiedad del vendedor, y mientras este título no sea invalidado legalmente, sigue surtiendo efectos, entre los cuales está el de servir de prueba de que el inmueble vendido era de la exclusiva propiedad del vendedor, máxime si se trata de un título debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad.
Precedentes
Amparo civil directo 2017/54. Otero viuda de Otero Guadalupe. 23 de junio de 1955. Mayoría de tres votos. Disidentes: Hilario Medina y Gabriel García Rojas. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.