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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340090
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 217
CONSTRUCCIONES, DAÑOS A LAS (LICENCIAS PARA CONSTRUIR).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 217
La circunstancia de que una persona haya obtenido de la Dirección de Obras Públicas del Departamento del Distrito Federal, licencia para realizar una construcción, previa la aprobación de los planos y especificaciones correspondientes, demuestra únicamente que cumplió con los requisitos administrativos que señalan los reglamentos sobre construcciones, pero no que la construcción del edificio se sujetara a dichos planos y especificaciones, y aun habiéndose sujetado a los mismos, pudieron causarse daños sin derecho al edificio contiguo, daños que hay obligación de reparar.
Precedentes
Amparo civil directo 3671/54. Grimberg Samuel. 18 de abril de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.