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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340100
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 426
PROCEDIMIENTO CIVIL, PRUEBAS EN EL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIV; Pág. 426
El proceso civil se desenvuelve en diversas etapas, aún dentro de una misma instancia, ya que si las partes no hacen valer las facultades que la ley les otorga para imponérselas, quedan firmes por razón de utilidad práctica, para hacer cierto, ordenado y preciso el procedimiento. Por tanto, aun cuando en un auto se establezca que el actor no puede presentar documentos de fecha anterior a su demanda, si posteriormente se dicta otro que quedó firme, en la que admite dicha prueba, esta última debe prevalecer.
Precedentes
Amparo civil directo 167/52. Barreto Maximiliano. 27 de noviembre de 1952. Mayoría de tres votos. Disidentes: Vicente Santos Guajardo y Rafael Rojina Villegas. Relator: Agustín Mercado Alarcón.