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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340131
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 820
ALBACEAS. ACCIONES DE NULIDAD QUE EJERCITAN.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 820
Si al ser demandada una sucesión sobre la exclusión en los inventarios de la misma, de unos bienes, con fundamento en que los mismos son de la exclusiva propiedad del actor, el albacea al contestar la demanda, manifiesta que sólo listó la mitad de dichos bienes por corresponderle a la sucesión por concepto de gananciales de la autora de la herencia, y contrademanda la nulidad de la escritura de dación en pago en que se funda la propiedad de dicho bien, el carácter de albacea no da valor por sí solo a la acción, hasta el punto de afirmar que ejercita una acción hereditaria, que aunque repercute en el acervo hereditario, es cosa muy distinta. Por tanto, si no ha transcurrido el término que marca la ley para la prescripción de la acción de nulidad, es inoperante la prescripción negativa que se oponga para dicha acción.
Precedentes
Amparo civil directo 825/54. Traslosheros Pérez Carlos F. 9 de junio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Hilario Medina.