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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340173
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1285
EXCEPCIONES EXTEMPORANEAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1285
Por muy procedentes y atinadas que sean unas argumentaciones, si no fueron motivo de excepción en el momento procesal oportuno, no dan ocasión al tribunal de alzada para valerse de ellas cuando sean expresadas en los agravios esgrimidos en la apelación respectiva.
Precedentes
Amparo civil directo 3534/52. Saab Amin Neguib. 29 de junio de 1955. Mayoría de cuatro votos. Ponente y disidente: José Castro Estrada.