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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340214
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 315
APELACION EN AMBOS EFECTOS, ADMISION DE LA (ACTOS CONSUMADOS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 315
La violación que se haga consistir en la indebida admisión de la apelación en ambos efectos, debe estimarse irreparablemente consumada, si ya se ha resuelto el recurso.
Precedentes
Amparo civil directo 2532/54. Pérez Crescenciano. 19 de enero de 1956. Mayoría de tres votos. Disidente: José Castro Estrada. Ponente: Gabriel García Rojas.