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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340216
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 381
ARRENDAMIENTO, PRUEBA DE INSPECCION OCULAR SOBRE CONDICIONES DE HABITABILIDAD.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 381
Contra el oficio de la autoridad sanitaria que dice pura y simplemente que una casa no esta en condiciones de higiene para habitarla y que se impone su desocupación, cabe la prueba en contrario. Ahora bien, por más ignorante que sea el juez con respecto a condiciones sanitarias, está a su alcance la apreciación de la falta de las más indispensables que se exigen para la habitabilidad de una casa, por estar al alcance de cualquiera, por lo que la prueba de inspección ocular es apta para comprobar el hecho, máximo si en los dictámenes de dos peritos se asienta que la casa en cuestión no reúne condiciones "del todo" satisfactorias en el orden sanitario, pues esta afirmación lógicamente no excluye la posibilidad, por no tratarse de una proposición absoluta, de que esas condiciones sanitarias sean de tal naturaleza que pueda seguirse ocupando la casa.
Precedentes
Amparo civil directo 846/54. Magaña de Esqueda Herlinda. 20 de enero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.