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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340220
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 385
ABANDONO DE HOGAR (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 385
Si bien es cierto que el artículo 152 del Código Civil impone a la mujer la obligación de vivir al lado del marido, si éste no demuestra que haya requerido a su cónyuge para cambiar el hogar de una casa a otra, ni que la mujer se haya negado a seguirlo, no quedó comprobada la causal de divorcio fundada en la separación del hogar conyugal, originada por una causa que es bastante para pedirlo, si se prolonga por mas de un año sin que el cónyuge que se separó entable la demanda de divorcio.
Precedentes
Amparo civil directo 3970/54. Aguilar Camacho Severo. 20 de enero de 1955. Mayoría de tres votos. Disidente: Hilario Medina. Relator: José Castro Estrada.