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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340225
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 471
ARRENDAMIENTO POR TIEMPO INDEFINIDO, TERMINACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 471
Como el arrendamiento por tiempo indeterminado concluye a voluntad de cualquiera de las partes, previo aviso dado a la otra con dos meses de anticipación, si el predio es urbano, comprobado que el arrendador interpeló notarialmente al inquilino y que la demanda por terminación se presentó posteriormente a dichos dos meses, queda satisfecho el requisito del previo aviso.
Precedentes
Amparo civil directo 3514/54. Raya Salim. 24 de enero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José Castro Estrada.