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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340233
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 554
DEFUNCION, CAUSA DE LA (DICTAMENES DE MEDICOS LEGISTAS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 554
Las personas legalmente autorizadas para dictaminar sobre las causas de la muerte de alguien son los médicos legistas oficiales, y por lo mismo, sus dictámenes son documentos que tienen el valor atribuido por la ley a los que expiden las autoridades en el ejercicio de sus funciones.
Precedentes
Amparo civil directo 1761/54. Cía. Mexicana de Luz y Fuerza Motriz, S.A. 27 de enero de 1955. Mayoría de tres votos. Disidente: José Castro Estrada. Relator: José Castro Estrada.