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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340262
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 869
ARRENDAMIENTO, CAMBIO DE DESTINO DEL INMUEBLE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 869
Establecido en un contrato de arrendamiento que el inquilino está facultado para usar el inmueble en el ramo del hotel y alquiler, deben entenderse que esta última palabra quiere significar la acción de arrendar los cuartos o locales de la casa alquilada para hospedaje, sin que pueda entenderse que la palabra "alquiler" lo faculte para destinar a uso distinto la localidad o parte de ella, o bien para subarrendarla. Por tanto, si se prueba que se estableció en parte de dicha localidad una farmacia, giro comercial que incuestionablemente no es conforme con el uso para el que se destinó la finca arrendada, es claro que procede la rescisión del contrato y la entrega del local.
Precedentes
Amparo civil directo 1723/53. Sánchez David. 14 de febrero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Hilario Medina.