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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340266
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 875
ALIMENTOS, MONTO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 875
Atenta la carestía de la vida actual, resulta inadecuada para el sostenimiento de un menor la cantidad de cuatro pesos diarios, ya que tales alimentos comprenden la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en caso de enfermedad, así como los gastos necesarios para la educación primaria del acreedor alimentario.
Precedentes
Amparo civil directo 2383/52. Folgueras Ruiz Antonio. 14 de febrero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Hilario Medina.
Quinta Epoca:
Tomo CXXIII, página 2309. Indice Alfabético. Amparo directo 2227/52. Folgueras Espejo Josefina (menor). 14 de febrero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Hilario Medina.