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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340267
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 875
ALIMENTOS. INCORPORACION DEL ACREEDOR A LA FAMILIA DEL DEUDOR.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 875
Si no existen constancias en autos de que la esposa legítima del deudor alimentario haya prestado su consentimiento para que un hijo natural de éste sea incorporado al hogar, tal incorporación no es procedente para cumplir con la obligación de dar los mencionados alimentos.
Precedentes
Amparo civil directo 2383/52. Folgueras Ruiz Antonio. 14 de febrero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Hilario Medina.