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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340283
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1030
MUTUO DE ESPECIE, CUMPLIMIENTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1030
La entrega y la devolución de la cosa prestada forma un solo contrato y no dos, si bien la contraprestación se verifica necesariamente con posterioridad a la prestación; por tanto, no es exacto que para la devolución de la cosa prestada se requiera nuevo consentimiento del mutuante, y menos aún que sea otorgado por escrito, cuando tal requisito no se pactó, y no lo exige la ley.
Precedentes
Amparo civil directo 1208/54. Soto Genaro. 21 de febrero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José Castro Estrada.