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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340297
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1117
PATRIMONIO FAMILIAR, LEY APLICABLE EN MATERIA DE (LEGISLACION DE ZACATECAS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1117
Tratándose del patrimonio de familia, no es verdad que tenga aplicación la ley sobre Relaciones Familiares, en aquellos Estados en que, como el de Zacatecas, existe una ley que reglamenta especialmente aquél, pues entonces el ordenamiento aplicable lo es la Ley de Patrimonio Familiar.
Precedentes
Amparo civil directo 5393/51. Manrique de Velasco Antonio. 8 de noviembre de 1951. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.