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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340316
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1360
PRESUNCIONES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1360
Corresponde a quien invoca una presunción, acreditar que entre el hecho demostrado y aquel que se trata de deducir, hay un enlace preciso, más o menos necesario, y en su caso, ante el tribunal de apelación, que el Juez inferior no apreció con apego a su facultad legal el valor de las presunciones humanas.
Precedentes
Amparo civil directo 1731//54. Villarreal Ramírez Marcelina, sucesión de. 4 de marzo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Mariano Ramírez Vázquez.