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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340343
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1587
DAÑOS Y PERJUICIOS, MORA. TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1587
Tratándose de daños y perjuicios no puede haber mora antes de la sentencia que establezca, previa la comprobación de la acción relativa, el reconocimiento de la obligación de cubrirlos, e incluso su cuantía.
Precedentes
Amparo civil directo 1159/54. Escudero Fulgencio. 11 de marzo de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.