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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340350
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1770
REIVINDICACION (LOTES VENDIDOS POR EL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1770
Los hechos de que el Jefe de la Oficina de Colonias del Departamento del Distrito Federal celebre un convenio de promesa de venta y posteriormente expida el recibo por la cantidad fijada como precio en el convenio, no pueden configurar en modo alguno una operación de compraventa, y por ende, un título de propiedad, si ni simultáneamente a su acontecimiento, ni después, la Oficina de Colonias hizo entrega del lote respectivo; y no se está en el caso del cumplimiento voluntario de un contrato falto de forma, sino que se trata de la promesa para la celebración de un contrato futuro que sólo da derecho para exigir la celebración del contrato definitivo, pero tal promesa no es evidentemente un título de dominio del adquirente, y en consecuencia, hay falta de título de propiedad, indispensable para que proceda la reivindicación que pretenda el contratante, sobre el lote materia de la promesa dicha.
Precedentes
Amparo civil directo 185/54. Durán Vázquez Laura. 17 de marzo de 1955. Mayoría de tres votos. Ponente: Gabriel García Rojas.