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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340380
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 2030
REIVINDICACION, LA ACCION DE, ES IMPRESCRIPTIBLE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 2030
Como la acción reivindicatoria tiene por objeto la protección del derecho de propiedad, es claro que en tanto que éste no se extinga, aquélla permanece inextinguible, y que sólo cuando por virtud de la usucapión haya desaparecido tal derecho de propiedad, también habrá desaparecido la acción reivindicatoria, de donde se sigue que esta acción nunca fenece por prescripción negativa.
Precedentes
Amparo civil directo 2500/54. Pinillos vda. de Rangel María. 30 de marzo de 1955. Mayoría de tres votos. Ponente: Gabriel García Rojas.