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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340433
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 315
ACTO RECLAMADO, PRUEBA DE SU INCONSTITUCIONALIDAD.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 315
Como el quejoso tiene que justificar la inconstitucionalidad que alega del acto reclamado, debe solicitar que en la copia certificada de constancias que la responsable, a petición suya y de su contrario, debe remitir, se inserte no sólo el acto reclamado, sino todo lo demás que sea necesario del juicio correspondiente, y si no se cumple este requisito, los conceptos de violación no comprobados son inoperantes.
Precedentes
Amparo civil directo 2249/53. Gutiérrez Eduardo. 15 de octubre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.