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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340434
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 314
ACCION CAMBIARIA DIRECTA, PRESCRIPCION Y CADUCIDAD EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 314
La acción cambiaria directa no se halla regida por la caducidad, sino sujeta a la prescripción, en los términos del artículo 165 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, pues que, como es sabido, sólo las acciones cambiarias de regreso, no la acción cambiaria directa que se tiene contra el aceptante o sus avalistas, son las que caducan en los términos de los artículos 160 y 163 de la Ley citada, esto es, por no realizarse los actos previstos por la ley.
Precedentes
Amparo civil directo 2249/53. Gutiérrez Eduardo. 15 de octubre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.