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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340468
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 468
TRIBUNAL DE MENORES, COPIAS CERTIFICADAS DEL, PRESENTADAS EN UN JUICIO CIVIL.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 468
La resolución de la contienda penal respectiva no resuelve la controversia civil, sino que el Juez de este fuero debe estudiar las pruebas rendidas; esto no significa que deba prescindirse en absoluto de la resolución del Tribunal de Menores cuya copia certificada obre en autos, sino que debe atribuírsele su estricto valor, tanto como documento público que prueba plenamente su existencia, como en calidad de una opinión que constituye un indicio susceptible de engendrar convicción que depende de la concurrencia de otros elementos de autos aportados para demostrar la verdad de los hechos en que se apoya la demanda.
Precedentes
Amparo civil directo 6256/50. Cota Belmont Edmundo. 21 de octubre de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.