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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340506
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 764
ALIMENTOS, PROPORCIONALIDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 764
No es exacto que los gastos de alimentos, vestido y habitación sean mayores para el hombre que para la mujer, pues normalmente las necesidades son iguales en uno y otro, y por tanto, tal argumento no es apto para rebajar a la mujer la pensión alimenticia fijada en el cincuenta por ciento de los ingresos del marido.
Precedentes
Amparo civil directo 3237/54. Olivier de Silva Alicia. 29 de octubre de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Hilario Medina y José Castro Estrada. Relator: Mariano Ramírez Vázquez.