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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340613
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1825
ESCRITURAS PUBLICAS, FUERZA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1825
Si existe una escritura pública en donde se hace constar un contrato de compraventa, y en una de sus claúsulas se establece todo lo relativo a la construcción existente en el predio materia de la compraventa, resultan inútiles y salen sobrando todas las pruebas encaminadas a destruir el texto de esa escritura pública, ya que los mismos contratantes declararon expresamente las circunstancias del negocio en la claúsula de que se ha hecho mención, es decir, dieron en ella una explicación de lo que había tenido lugar entre ellos al celebrarse ese contrato, precisamente a fin de evitar posibles dificultades.
Precedentes
Amparo civil directo 5090/41. Villagrán Pedro Germán. 5 de julio de 1944. Mayoría de tres votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Ponente y disidente: Carlos I. Meléndez. Engrose: Vicente Santos Guajardo.