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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340661
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 579
AMPARO, ELEMENTOS PARA EL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 579
Si las Suprema Corte no tiene a la vista ni los autos originales ni las constancias referentes a las pruebas, en cuya apreciación se hace consistir una violación, no hay elementos para determinar si está o no fundado o si las infracciones alegadas por el quejoso están comprobadas, y los aludidos conceptos de violación, deben considerarse inoperantes.
Precedentes
Amparo civil directo 1407/54. Collante de Barrón Severiana. 21 de julio de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Vicente Santos Guajardo y José Castro Estrada. Ponente: Hilario Medina.