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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340662
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 582
EJECUTORIAS DE AMPARO NO INVOCADAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 582
Si la responsable no tomo en consideración una ejecutoria anterior en virtud de que el interesado no cuidó de probar de que ya existía tal ejecutoria, dicha responsable no tiene que ajustarse a la ejecutoria mencionada por ser una prueba que no se rindió oportunamente, a pesar de que el interesado tenía perfecto conocimiento de la misma.
Precedentes
Amparo civil directo 4497/53. Rodríguez Mariano R. 21 de julio de 1954. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Gabriel García Rojas. Ponente: Hilario Medina.