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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340685
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1017
MANDATO JUDICIAL (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1017
No es cierto que conforme al artículo 2519 del Código Civil la relación con el 2489 del propio ordenamiento, es siempre necesaria la ratificación de firmas en los mandatos judiciales.
Precedentes
Amparo civil directo 1688/54. Calva Benito. 2 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.