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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340693
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1075
COMPETENCIA EN CASO DE SOMETIMIENTO TACITO DEL DEMANDADO ANTE EL JUEZ DE LOS AUTOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1075
Si conforme a las disposiciones de los códigos procesales civiles de los estados en que radican los jueces contendientes, es juez competente aquel a quien los litigantes se hubiesen sometido expresa o tácitamente, cuando se trate de fuero renunciable, y se tiene por sometido tácitamente al demandado, por el hecho de contestar la demanda, debe estimarse que en la especie la demandada se sometió en forma tácita a la jurisdicción del juez ante quien se le promovió juicio, si contestó la demanda, discutiendo cuestiones de fondo, sin oponer la excepción de incompetencia, ni desconocer la jurisdicción del tribunal que la emplazó, y por lo mismo, debe decidirse el conflicto competencial en favor del juez ante quien se inició el juicio.
Precedentes
Competencia 123/51. Suscitada entre los Jueces Primero de Primera Instancia del Ramo Civil de Saltillo, Coahuila, y de Primera Instancia de Matehuala, San Luis Potosí. 3 de agosto de 1954. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.