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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340697
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1186
PRUEBAS, APRECIACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1186
La apreciación de las pruebas en un juicio plenario de posesión no es consistente, si para desecharse la prescripción se opone a la prueba testimonial, la instrumental relativa a la sentencia dictada en un interdicto de recuperar la posesión anterior seguido entre las mismas partes, pues esa resolución adversa al actor, no puede estimarse como demostración inatacable de un elemento de posesión, para la plenaria que después se intenta, pues en el nuevo juicio debe hacerse una estimación autónoma, conforme a las constancias del mismo.
Precedentes
Amparo civil directo 2962/53. Martínez Albino. 6 de agosto de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: José Castro Estrada y Vicente Santos Guajardo. Engrose: Hilario Medina.