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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340708
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1334
SUBARRENDAMIENTO, PRUEBA DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1334
Del hecho de que una persona habite la casa de otra, no se deduce necesariamente que lo haga con el carácter de subarrendatario, o sea mediante un contrato celebrado con el inquilino, en virtud del cual se haya transmitido el uso y goce del inmueble a cambio de un precio; máxime si quedó demostrado que tal persona vive en dicha casa con la familia del arrendatario, hecho suficiente para considerar que no es un subarrendatario.
Precedentes
Amparo civil directo 5393/54. B. de Berger Sara. 11 de agosto de 1954. Unanimidad de tres votos. Disidentes: José Castro Estrada y Vicente Santos Guajardo. Relator: José Castro Estrada.