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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340732
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1634
COSTAS EN MATERIA MERCANTIL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1634
La fracción III del artículo 1084 del Código de Comercio, al expresar en forma imperativa que siempre serán condenados en costas los que fueren condenados en juicio ejecutivo, no excluye a los que no hubiesen obrado con temeridad o mala fe.
Precedentes
Amparo civil directo 227/50. Sandoval José Trinidad. 18 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.