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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340740
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1773
ARRENDAMIENTO, DECRETOS SOBRE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1773
Aunque el Decreto de treinta y uno de diciembre de mil novecientos cuarenta y siete haya sido derogado por el de veinticuatro de diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho, esto no puede privarlo de su ámbito de su aplicación en el tiempo, ni el último es aplicable para regir aquellos actos jurídicos producidos con anterioridad a su vigencia.
Nota: Disposiciones que rigieron en el momento de publicación y redacción de esta tesis.
Precedentes
Amparo civil directo 3804/52. Romero vda. de Pastor Luz. 23 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. Engrose: Vicente Santos Guajardo