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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340750
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1822
REIVINDICACION, OMISION DE PRUEBAS EN LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1822
Cuando no existe discusión entre las partes, respecto a que la posesión del demandado a su propio nombre, sobre la finca en disputa, data de fecha muy anterior a la del título en el que la parte actora pretende apoyar su acción reivindicatoria, el juzgado no incurre en violación si omite examinar pruebas que se refieran a la propiedad anterior a la posesión del demandado, ya que establecida la premisa fijada en primer término, de todos modos los puntos decisorios del fallo se hubieran producido en la misma forma.
Precedentes
Amparo civil directo 2959/53. García Barriga Salud María. 25 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.