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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340756
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1873
PATRIA POTESTAD, PERDIDA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 1873
Reconocido un hijo por dos personas y pactado entre ellas que será la madre quien ejercerá la patria potestad sobre el menor y quien se encargará de su cuidado y vigilancia, aun en el caso de que el padre siempre se haya preocupado por la educación y manutención de dicho menor, si no se acredita la existencia de una causa grave que justifique la modificación del convenio y además no aparece que se haya dado audiencia al Ministerio Público, no hay razón para modificar tal convenio; sin que pueda estimarse como causa para quitar la patria potestad a la madre, el hecho de que ésta viva en amasiato con un tercero, si el padre jamás hizo vida marital con la madre y no tiene hogar propio, y además, la persona con quien vive la madre trata al menor como si fuera su propio hijo.
Precedentes
Amparo civil directo 129/53. González T. Josefina. 26 de agosto de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Vicente Santos Guajardo e Hilario Medina. Ponente: Gabriel García Rojas.