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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340783
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2107
COMPRAVENTA, PRUEBA DE LA ( LEGISLACION DE GUANAJUATO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2107
Normalmente, si una persona recibe de otra determinada cantidad de dinero y entrega a ésta la posesión y disfrute de un inmueble, tendrá que confrontarse la existencia de una compraventa, y en caso de concebirse la hipótesis de excepción acerca de la existencia de un contrato distinto a la compraventa, entonces quien se coloca en esa hipótesis tendrá la obligación de probarla.
Precedentes
Amparo civil directo 902/54. Valdez Ruiz Juvencio. 6 de septiembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hilario Medina. El Ministro Vicente Santos Guajardo no intervino en la votación por las razones que constan en el acta del día.