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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 340829
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2488
AMPARO SIN MATERIA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2488
El amparo queda sin materia sólo cuando se trata de un acto consumado de un modo irreparable, pero no en aquellos en que hay suspensión del acto, ni cuando por la concesión del amparo pueden volver los actos reclamados a su estado primitivo, dados los bien conocidos efectos restitutorios del amparo.
Precedentes
Amparo civil directo 740/54. Vergara Vda. de Rincón María de los Angeles, Suen. de. 29 de septiembre de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Gabriel García Rojas (ponente) y Mariano Ramírez Vázquez. Engrose: Hilario Medina.